Skip to main content
Deducciones en la renta por mejoras energéticas en vivienda

Conoce las tres nuevas deducciones de la renta por las cantidades invertidas en las obras de tu vivienda a las que te puedas acoger.

La publicación del Real Decreto-ley 19/2021, contempla tres supuestos de ayudas para obras de mejora en vivienda siempre que las obras llevadas a cabo conlleven una mejora en la eficiencia energética de la vivienda.

RDL 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

A continuación os explicamos los tres supuestos contemplados, indicando cuáles son las obras que dan derecho a la deducción, sobre qué cantidad se aplica y sus plazos.

Primera Deducción de la Renta por Mejora de Eficiencia Energética

¿Dónde?

 Obras en la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda.

No da derecho a la deducción cuando las obras se realicen en partes de la vivienda asociadas a una actividad económica, en plazas de garaje, trasteros, jardines, piscinas, instalaciones deportivas y otros elementos similares.

¿Cuáles?

Obras que mejoren la eficiencia energética que supongan una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración.

¿Qué?

Deducción de hasta un 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas, 5000 euros anuales como base máxima de deducción.

¿Cuándo?

El plazo para realizar las obras es desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, hasta el 31 de diciembre de 2022.

Segunda Deducción de la Renta por Mejora de Eficiencia Energética

¿Dónde?

Obras en la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda.

No da derecho a la deducción cuando las obras se realicen en partes de la vivienda asociadas a una actividad económica, en plazas de garaje, trasteros, jardines, piscinas, instalaciones deportivas y otros elementos similares.

¿Cuáles?

Obras que mejoren la eficiencia energética que supongan una reducción de al menos un 30% de la energía primaria no renovable, o la obtención de una clase A o B en la misma escala de calificación.

¿Qué?

Deducción de hasta un 40% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas, 7500 euros anuales como base máxima de deducción.

¿Cuándo?

El plazo para realizar las obras es desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, hasta el 31 de diciembre de 2022.

Tercera Deducción de la Renta por Mejora de Eficiencia Energética

¿Dónde?

Obras de rehabilitación en viviendas, plazas de garaje, y trasteros de edificios de uso predominante residencial.

No da derecho a la deducción la parte de la vivienda que esté afecta a actividades económicas.

¿Cuáles?

Obras que mejoren la eficiencia energética que supongan una reducción de al menos un 30% de la energía primaria no renovable, o la obtención de una clase A o B en la misma escala de calificación.

¿Qué?

Deducción de hasta un 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas, 15.000 euros anuales como base máxima de deducción.

¿Cuándo?

El plazo para realizar las obras es desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, hasta el 31 de diciembre de 2023.

Normas Comunes a las deducciones

¿Cómo acredito la mejora de eficiencia energética conseguida por las obras realizadas?

Disponiendo de un certificado de eficiencia energética del edificio, emitido por un técnico competente, antes de realizar las obras y otro posterior a las mismas.

Los certificados de eficiencia energética deberán haber sido expedidos y registrados con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Incompatibilidades entre deducciones

Las distintas deducciones son incompatibles entre sí sobre la misma obra.

¿Qué cantidades dan derecho a la deducción?

Serán consideradas como cantidades satisfechas por las obras realizadas, todas las necesarias para llevar a cabo su ejecución; los honorarios de profesionales, redacción de proyecto, coste de ejecución, equipos, materiales, emisión de los certificados energéticos etc.

En el caso de que las obras, hayan sido subvencionas a través de algún tipo de programa de ayudas públicas, dicha cuantía deberá ser descontada de la cantidad satisfecha.

En el caso de instalación de combustibles de origen fósil no se incluirán sus costes.

Medios de pago que debes utilizar

Las cantidades satisfechas deben de ser realizadas mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a las personas o entidades que realicen tales obras, así como a las personas o entidades que expidan los citados certificados. No darán derecho a deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal.

Esperamos que este artículo os haya servido de ayuda. Si tenéis alguna duda o tenéis algo que aportar, podéis dejarnos vuestros comentarios más abajo 👇

Si necesitas nuestros servicios, puedes contactarnos aquí

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.