En este artículo vamos a hablar de los trámites necesarios para conseguir licencia de vivienda turística en Madrid (ciudad).
Para explicar qué requisitos son necesarios para conseguir una licencia de vivienda turística en madrid (ciudad) es necesario hablar de la regulación que sobre la vivienda turística ha realizado tanto ayuntamiento como Comunidad:
Si bien, las competencias en turismo pertenecen a la Comunidad, las competencias para ordenar las actividades pertenece al ayuntamiento.
Cuando empezó a ponerse en marcha todo el tema de airbnb y las viviendas turísticas la Comunidad de Madrid fue la primera que trató de regular las viviendas turísticas con un primer DECRETO 79/2014, de 10 de julio en la que se establecían unas garantías mínimas para los pisos y viviendas turísticas.
Este primer Decreto pedía que la vivienda estuviera en posesión de la Cédula de Habitabilidad para lo que se exigía un plano de la vivienda visado por el colegio de arquitecto.
Más tarde la cédula de habitabilidad quedó derogada, obligando a la comunidad a publicar un nuevo decreto 29/2019 de 9 de Abril estableciendo unos nuevos requisitos para las viviendas turísticas. Entonces aparece el CIVUT, Certificado de Idoneidad de Viviendas Turísticas como documento que certifica que la vivienda reúne las condiciones mínimas que debe reunir una vivienda turística para la actividad a la que se destina.
El DECRETO 29/2019 de 9 de Abril , la Comunidad de Madrid publicó este nuevo decreto por el que se modificaba, en parte, el anterior, dado que la cédula de habitabilidad quedó derogada porque estaba basada en la orden de 1944 que dejaba muchas tipologías de vivienda fuera sin poder conseguir la cédula de habitabilidad.
El Decreto establece entonces el CIVUT Certificado de Idoneidad de Vivienda Turísticas que es un certificado que debe estar firmado por un arquitecto como garantía de que la vivienda reúne las condiciones mínimas para ser vivienda turística.
Junto con el CIVUT se pide otra sería de requisitos:
Hasta Abril de 2019, el único requisito para funcionar las viviendas turísticas en Madrid consistía en estar registradas en la Comunidad de Madrid.
Poco después el ayuntamiento de Madrid publica en el BOE la entrada en vigor del Plan Especial del Hospedaje.
Si bien, las competencias en turismo pertenecen a la Comunidad, las competencias para ordenar las actividades pertenece al ayuntamiento.
Hasta la fecha el ayuntamiento de Madrid no se había pronunciado en relación a la vivienda turística. Sin embargo, en abril de 2019, el ayuntamiento publica el PEH (Plan Especial del Hospedaje) por el que se regula, entre otras cosas la licencia de vivienda turística en Madrid.
Desde entonces, técnicamente todas las viviendas turísticas en funcionamiento deberían tramitar su licencia municipal con el ayuntamiento y aquí viene el problema:
La mayoría de las viviendas turísticas no pueden conseguir la licencia municipal según las condiciones que establece el PEH.
El PEH divide la ciudad en 3 anillos concéntricos:
Como hemos dicho antes, el ayuntamiento de Madrid tiene competencia en cuanto a la regulación de las actividades y los usos y la Comunidad en turismo, por tanto para conseguir licencia de vivienda en la ciudad de Madrid debo:
El registro en la Comunidad de Madrid se realiza por Declaración Responsable, éste es un procedimiento por el que el titular se compromete a disponer de todos los requisitos legales, entre ellos la licencia municipal.
Hasta donde sabemos es la Comunidad de Madrid, quien de oficio está revisando todos los registros y pidiendo aleatoriamente que se aporte la licencia municipal.
La Comunidad de Madrid está revisando los expedientes registrados por Declaración responsable y enviando escrito solicitando aportar licencia municipal.
En dicho escrito, La Comunidad de Madrid da un plazo para aportar la licencia municipal, pasado ese plazo sin aportar la licencia municipal de vivienda turística se obliga a cerrar la actividad.
Entendemos, que en principio no, pero si una vez recibido escrito se continuara con la actividad, entendemos que podría haberla.
El régimen sancionador se puede consultar aquí.
En ese caso, únicamente debería disponer del registro en la Comunidad de Madrid o, en su caso de la licencia municipal, si el ayuntamiento de donde se encuentre la vivienda así lo exige.
Iniciar una actividad de vivienda turística en Madrid es algo complejo, no todas las ubicaciones pueden disponer de licencia urbanística y por ello no todos los locales o vivienda sirven para la actividad.
Como siempre, nuestra recomendación es ponerse en contacto con un arquitecto que esté familiarizado con toda la normativa de vivienda turística y te pueda aconsejar sobre las posibilidades que tiene el local o vivienda así como ayudarte con los trámites y licencias de vivienda turística para tener todo en orden y evitar posibles problemas futuros.
Esperamos que este artículo os haya servido de ayuda. Si tenéis alguna duda o tenéis algo que aportar, podéis dejarnos vuestros comentarios más abajo 👇
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