Este mes, se cumplen 3 años de la entrada en vigor el Real Decreto 235/2013, 3 años de certificado energetico necesario para alquilar o vender inmuebles. A continuación queremos hacer balance de estos 3 años y de la situación de este «papel necesario».
Antes de empezar, recordar que existe un compromiso a nivel Europeo para que todas las obras nuevas que se construyan a partir de 2020 sean de consumo casi nulo (Calificación Energética A). Por esta razón, periódicamente se van actualizando las exigencias del Código Técnico DB-HE (la última de 2013). Y se crea también, este certificado energético para hacer balance y tomar conciencia de la situación del parque inmobiliario en materia de eficiencia energética.
El proyecto europeo Zebra2020, tiene como objetivo evaluar el impacto de los certificados energéticos a partir de las encuestas realizadas, entre otros actores intervinientes, a los agentes de la propiedad inmobiliaria (Apis).
El objetivo principal de este estudio es analizar la forma en que pueden influir los certificados de cara a 2020. Llevada a cabo en 2015 en ocho países europeos, los participantes de esta encuesta de 21 preguntas, fueron principalmente Apis colegiados, que en el caso español rellenaron 68 de los 681 informes completados.
A continuación vamos a hacer un balance de la percepción sobre el certificado energético en estos 3 años según recoge este estudio, al que vamos a sumar nuestras propias impresiones.
Según idealista algunas comunidades han empezado a sancionar inmuebles anunciados sin calificación energética.
En la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Consumo asegura que ya ha aplicado sanciones por anunciar una casa
durante un tiempo prolongado sin hacer mención de la calificación energética. En líneas generales, desde que se puso en marcha la obligatoriedad de contar con el certificado energético, ha abierto más de 51 expedientes sancionadores.
Desde el Consejo General de Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, su presidente, Diego Galiano, opina que «los Api deben disponer del certificado en todo caso, no ya sólo por la exigencia normativa y el riesgo de sanción, sino especialmente por realizar una comercialización del inmueble que sea completa y correcta«.
Realizar este trámite puede conllevar cuatro o cinco días si se tiene en cuenta la visita del técnico, la elaboración del informe y la presentación en el registro. Por eso “no es admisible que un inmueble esté publicitado durante meses con el letrero “en tramitación”, ya que es obvio que no se ha iniciado ningún trámite”, apunta De Salvador.
Cuando vamos a comprar un televisor o una nevera, la queremos con calificación A++. ¿se fija el comprador o inquilino en la calificación de la vivienda? Tiene más sentido buscar una vivienda con calificación alta más que un electrodoméstico, puesto que la vivienda tiene un consumo mayor.
Existen diversas ayudas que están centrando en incentivar el arreglo y la rehabilitación energética de las viviendas existentes. Además se han puesto en marcha reducciones en el IBI para viviendas con calificaciones energéticas altas.
Hay que recordar que disponer del certificado energético es obligatorio desde que se publicita el inmueble en venta o en alquiler y no solamente cuando ya está alquilado o vendido. Es una información que se debe mostrar a cualquier interesado en la compra o alquiler del inmueble y su calificación es un parámetro más para comparar con otros inmuebles.
En este sentido es fundamental la implementación por parte de las administraciones de iniciativas que favorezcan la rehabilitación y la eficiencia energética:
¿Pensáis que se entiende el valor del certificado energético? ¿los compradores o inquilinos prefieren viviendas con calificaciones altas? ¿Qué estrategias implementaríais para que el certificado energético deje de percibirse como un «papel necesario» para la compra o alquiler y se entienda su valor?
Esperamos que este artículo os haya servido de ayuda. Si tenéis alguna duda o tenéis algo que aportar, podéis dejarnos vuestros comentarios más abajo 👇
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