Con un amplio excedente todavía de viviendas por vender, la rehabilitación se convierte en la estrella. Ayudas y subvenciones para la rehabilitación de viviendas, para fomentar las obras de renovación de viviendas y edificios y una financiación bancaria especialmente diseñada para estos proyectos, gracias al compromiso adquirido por las entidades después de meses de negociación con el Gobierno y Constructoras.
Con este Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, La Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016, se pretende una inversión pública de 2.527 millones de euros complementados con otros 1268 millones de inversión Privada con la que se pretende alcanzar 200.000 ayudas al alquiler, 50.000 viviendas rehabilitadas y 230.000 ayudas de subsidiación y se estima la creación de 36.000 puestos de trabajo en 3 años.
Con más retraso del inicialmente previsto El Consejo de Ministros ha aprobado el último trámite necesario por el que se autoriza la suscripción de convenios de colaboración entre el Ministerio de Fomento y las Comunidades Autónomas, para la ejecución del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016.
Este Acuerdo tiene los siguientes objetivos:
El Acuerdo abarca los siguientes Programas:
A continuación exponemos los 4 últimos puntos que son son los que tienen que ver con la rehabilitación y por tanto los que más nos interesan:
Objeto: Impulso de las actuaciones de intervención en edificios e instalaciones para mejorar su estado de conservación, garantizar la accesibilidad y mejorar la eficiencia energética. Los inmuebles deberán tener una antigüedad anterior a 1981 y al menos el 70% de su superficie debe tener uso residencial de vivienda y constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.
Beneficiarios: Comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de viviendas.
Ayudas:
Objeto: Financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, de urbanización y reurbanización del espacio público o de edificación en sustitución de edificios demolidos, dentro de un ámbito delimitado: mínimo 100 viviendas, salvo excepciones como cascos históricos o núcleos rurales.
Beneficiarios: Quienes asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito de actuación: Administraciones Públicas, Comunidades de Propietarios, Agrupaciones de Comunidades, Consorcios, Entes o Empresas Privadas.
Ayudas:
El IEE es un informe regulado en la Ley 8/2013, de 26 de junio que analiza el estado de conservación, accesibilidad y la eficiencia energética del edificio.
Objeto: Impulso a la implantación y generalización de un Informe de evaluación de los edificios (IEE) que incluya el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación, mediante una subvención que cubra parte de los gastos de los honorarios profesionales por su emisión.
Beneficiarios: Comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos que realicen el informe de evaluación antes de que finalice el año 2016.
Ayudas:
Objeto: Financiación de la ejecución de proyectos de especial transcendencia:
Beneficiarios: Administraciones públicas territoriales, propietarios de edificios de viviendas, comunidades de propietarios, consorcios, entes asociativos de gestión.
Ayudas:
Existe un cambio normativo, aquí os dejamos los enlaces para que podáis consultarlos directamente
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[…] la línea de actuación de la nueva Ley de Rehabilitación, y su plan asociado (podéis consultarlo aquí), aparecen las primeras ayudas al respecto por parte del […]
Hola.
Me ha resultado muy oportuno el artículo y ver que hay ayudas para mejorar la accesibilidad al edificio en el que vivo actualmente.
Interesante el resto de la visita general a vuestra página.
Seguro que echaré más vistazos.
Un saludo
Hola.
Estaba buscando información algo más concreta de «obra seca» con la intención de hacer reforma en baño y cocina de casa.
Un saludo
Hola Emiliano,
Tomamos nota de tu sugerencia para dedicar otra entrada a ello. Muchas gracias por tus comentarios. Nos alegra que te haya parecido interesante. Un saludo!
Hola.
Lo leeré, tengo interés en OBRA SECA pues me pregunto si es más rápida en tiempo, que ventajas y limitaciones o inconvenientes tiene, duración, y su coste en comparación. Mi idea es que es como la tarima flotante.Y por último, no sé si os ocupáis de este tipo de pequeñas reformas, obra integral de la cocina y baño de un piso.
Un saludo
[…] Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneració… fue prorrogado por el Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre, durante el ejercicio […]